Panamá−Pacífico, ha logrado atraer hasta la fecha 170 empresas, la mayoría de ellas de talla mundial como Caterpillar y 3M dedicada a la manufactura de productos de exportación, "call centers", logística y otras actividades.
El gerente de la Agencia Panamá−Pacífico, Olmedo Alfaro, señaló que en promedio se están instalando en esta zona especial unas ocho empresas, incentivadas por el régimen de zonas francas.
En total, en Panamá−Pacífico se han invertido 250 millones de dólares, incluido la parte del desarrollador maestro, el Estado, y las empresas que se han instalado.
La mayoría de las zonas francas se ubican en la ciudad capital, pero existe el interés de inversionistas en abrir algunas en varios puntos del territorio nacional, como en Pacora, Santiago y Chitré, lo que a juicio de Quijano traerá beneficios para esos lugares.
Estas áreas especiales se definen como de libre empresa y su espacio físico está estrictamente delimitado. Dentro de ellas se desarrollan todas las infraestructuras, instalaciones, edificios, sistemas y servicios de soporte, así como la organización operativa y la gestión administrativa que sean necesarias.
Legislación
Mediante la Ley 32 de 5 de abril de 2011 se estableció un nuevo régimen especial, integral y simplificado para el establecimiento y operación de zonas francas, a fin de contribuir al desarrollo del país y a la generación de empleos.
Esta ley se aplica en toda el área de la zona franca, tanto a sus promotores y operadores como a toda persona natural o jurídica que se establezca dentro de las mismas.
Las zonas francas pueden ser de carácter privado, estatal o mixtas.
Para el economista Jorge Castillo, las ventajas de las zonas francas es que promueven la actividad comercial, fortalecen el centro logístico y de una manera u otra el Estado percibe ingresos a través de actividades que, a pesar de ser deducible del impuesto sobre la renta, sí tiene demanda de servicios públicos y otros beneficios para la economía.
Castillo idnicó que las zonas francas dependen de la política económica del gobierno, de poder aprovechar el excedente que genera esta actividad en término de ingresos fiscales en beneficio de la comunidad que está alrededor de la zona franca.
Entre las empresas permitidas dentro de las delimitaciones figuran compañías manufactureras o que procesen productos elaborados o semielaborados, servicios de exportación, investigación científica, alta tecnología y educación superior, servicios de logística, medioambiente, salud y servicios generales.
Una vez el promotor obtenga la licencia de zonas francas, está obligado a invertir en el desarrollo de la misma una suma no inferior a $250 mil, e iniciar en un término no mayor a un año dicha inversión, así como contratar trabajadores panameños, entre otros requisitos.
Incentivos fiscales, migratorios y laborales
Entre los fiscales figuran la exoneración de impuestos y derechos de importación, exoneración de impuesto sobre la renta en el arrendamiento y subarrendamiento. Las relaciones laborales son más flexibles en estas áreas que en el resto del país.
Para los migratorios: permiso de residente permanente en calidad de inversionista, permiso de residente temporal en calidad de personal de confianza, ejecutivos, expertos y técnicos, válida por el término del contrato, visa de corta estancia en calidad de comerciante e inversionista, por leyes especiales.
Fuente: EntornoInteligente.com
En total, en Panamá−Pacífico se han invertido 250 millones de dólares, incluido la parte del desarrollador maestro, el Estado, y las empresas que se han instalado.
La mayoría de las zonas francas se ubican en la ciudad capital, pero existe el interés de inversionistas en abrir algunas en varios puntos del territorio nacional, como en Pacora, Santiago y Chitré, lo que a juicio de Quijano traerá beneficios para esos lugares.
Estas áreas especiales se definen como de libre empresa y su espacio físico está estrictamente delimitado. Dentro de ellas se desarrollan todas las infraestructuras, instalaciones, edificios, sistemas y servicios de soporte, así como la organización operativa y la gestión administrativa que sean necesarias.
Legislación
Mediante la Ley 32 de 5 de abril de 2011 se estableció un nuevo régimen especial, integral y simplificado para el establecimiento y operación de zonas francas, a fin de contribuir al desarrollo del país y a la generación de empleos.
Esta ley se aplica en toda el área de la zona franca, tanto a sus promotores y operadores como a toda persona natural o jurídica que se establezca dentro de las mismas.
Las zonas francas pueden ser de carácter privado, estatal o mixtas.
Para el economista Jorge Castillo, las ventajas de las zonas francas es que promueven la actividad comercial, fortalecen el centro logístico y de una manera u otra el Estado percibe ingresos a través de actividades que, a pesar de ser deducible del impuesto sobre la renta, sí tiene demanda de servicios públicos y otros beneficios para la economía.
Castillo idnicó que las zonas francas dependen de la política económica del gobierno, de poder aprovechar el excedente que genera esta actividad en término de ingresos fiscales en beneficio de la comunidad que está alrededor de la zona franca.
Entre las empresas permitidas dentro de las delimitaciones figuran compañías manufactureras o que procesen productos elaborados o semielaborados, servicios de exportación, investigación científica, alta tecnología y educación superior, servicios de logística, medioambiente, salud y servicios generales.
Una vez el promotor obtenga la licencia de zonas francas, está obligado a invertir en el desarrollo de la misma una suma no inferior a $250 mil, e iniciar en un término no mayor a un año dicha inversión, así como contratar trabajadores panameños, entre otros requisitos.
Incentivos fiscales, migratorios y laborales
Entre los fiscales figuran la exoneración de impuestos y derechos de importación, exoneración de impuesto sobre la renta en el arrendamiento y subarrendamiento. Las relaciones laborales son más flexibles en estas áreas que en el resto del país.
Para los migratorios: permiso de residente permanente en calidad de inversionista, permiso de residente temporal en calidad de personal de confianza, ejecutivos, expertos y técnicos, válida por el término del contrato, visa de corta estancia en calidad de comerciante e inversionista, por leyes especiales.
Fuente: EntornoInteligente.com